Compra de anteojo

DEL SERVICIO DIFERENCIADO PARA COMPRA DE LENTES

ART. 46 El servicio diferenciado para compra de anteojos, es la asistencia que brinda al socio con el fin de mejorar uno de los sentidos fundamentales que hacen a la salud y el desarrollo personal del mismo, a este subsidio se podrá acceder cada 2 (dos) años, en un lapso como mínimo entre un pedido al anterior accedido y el cobro de este es indispensable a cualquier subsidio que se hubiere otorgado, es decir sin importar el tiempo transcurrido entre uno y otro hecho.-

ART. 47 Para acceder a este subsidio el socio/a deberá tener 40 (cuarenta) años como edad mínima y una antigüedad de 9 (nueve) meses como socio, y debe presentar fotocopia de la prescripción del médico tratante (receta Oftalmológica) acompañado del original al momento de su presentación a la cooperativa.

ART. 48 El socio que solicitare este subsidio recibirá la suma de GS. 300.000 (guaraníes trescientos mil), que será entregado al instante, previo análisis del cumplimiento de los requisitos documentarios por parte de los encargados de Servicios Financieros-

ART. 49 Plazo máximo de presentación 30 (treinta) días de la prescripción Médica y estar al día en sus obligaciones.

Descargar solicitud de Subsidio:

Observaciones: En caso de existir atraso en algunas de las obligaciones pierde todos los derechos a reclamar por el subsidio que debería obtener.


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